jueves, 29 de abril de 2010

MILITARES SERAN JUZGADOS POR INSTITUCION CIVIL


-Comisión del Senado aprueba que militares sean juzgados por civiles

-Aprueba Senado Ley de Seguridad Nacional

-Aprueba el Senado el delito de "traición al Ejército"

-Por recomendación internacional militares podrían ser juzgados por autoridad civil

-Ganaron los militares



Comisión del Senado aprueba que militares sean juzgados por civiles


Los legisladores aprueban la reforma que regula la participación del Ejército cuando se afecte a la seguridad interior, a petición de ayuntamientos, entidades federativas y legislaturas locales

Viernes 23 de Abril de 2010
Ricardo Gómez y Elena Michel/El Universal

Ciudad de México.- En comisiones, el Senado aprobó en lo general la reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que permite al presidente de la República aprobar el envío del Ejército a las entidades que consideren que existe una afectación a la seguridad interior.

A sólo una semana de que termine el periodo ordinario de sesiones, los legisladores avalaron la reforma que regula la participación del Ejército cuando se afecte a la seguridad interior, a petición de ayuntamientos, entidades federativas y legislaturas locales.

Con la oposición del PRD, el proyecto de dictamen mantuvo sin embargo el fuero militar a los elementos castrenses que participen, en ese marco, en auxilio de la población civil.

En sesión de las comisiones unidas de Seguridad Pública, Gobernación y Estudios Legislativos segunda, el tema del fuero militar generó un intenso debate.

Senadores del PRD como Pablo Gómez exigieron llevar a cabo una reforma integral y a fondo al fuero militar, sin embargo hubo rechazo del PAN y PRD.

Fue entonces cuando el senador del PRI, Jesús Murillo Karam, propuso salvar el tema por el momento y vincularlo a los artículos 13 y 133 de la Constitución.

El presidente de la comisión de Justicia, Alejandro González, Alcocer (PAN) confirmó que por el momento se usó la Constitución para la aprobación del uso del Ejército y esperar la propuesta de reforma integral al fuero militar del presidente Felipe Calderón de septiembre próximo.

Mientras esa reforma llega, explicó González Alcocer, se vinculó el artículo 72 de la Ley de Seguridad Nacional con los artículos 13 -que señala que subsiste el fuero militar- y el 133 de la Constitución, que indica lo relativo al lo tratados internacionales.

Aceptó que dichos artículos "nada tienen que ver" con la participación de los militares y el deseo de que en su labor en las calles sean juzgados por jueces militares, pero lo avalaron así con el fin de esperar la reforma del fuero militar del Ejecutivo.

Sin embargo, el legislador panista aceptó que este artículo puede ser interpretado de otra forma, que un militar sea juzgado en jueces civiles, como señala el perredista René Arce Islas.

En la discusión, el tema de los retenes militares quedó encorchetado y será discutido el próximo lunes.

Se aprobó un artículo transitorio a propuesta de René Arce para que el Congreso de la Unión emita un protocolo sobre el uso de armas en retenes.

Los senadores alcanzaron un acuerdo para que no proceda la declaratoria de afectación a la seguridad interior, cuando la solicitud sea originada para dar cumplimiento a requerimientos y resoluciones emitidas por autoridades administrativas.

Tampoco procederá por acciones relacionadas con movimientos o conflictos políticos, o de índole social.

Antes, los senadores aprobaron un mecanismo legal que permita la participación del Ejército ante una declaratoria de afectación a la seguridad interior en todo el país, como parte del dictamen para reformar Ley de Seguridad Nacional.

De esta forma, el Senado sólo podrá verificar si el procedimiento para emitir la declaratoria de una afectación a la seguridad interior está ajustado a la ley, ante la petición de un ejecutivo local o de un congreso local, para que el Ejército les apoye.

De acuerdo con la fracción cuarta del artículo 69 de la ley de Seguridad Nacional, el presidente de la República tendrá la responsabilidad de aprobar o no el proyecto de declaratoria de existencia de una afectación a la seguridad interior.

Con ello, el Senado se quita la responsabilidad de aprobar o rechazar la utilización del Ejército.

De esta forma, se autoriza a una legislatura local, o una entidad federativa o del Distrito Federal que considere, si existe una afectación a la seguridad interior, a través de actos que pongan en peligro la estabilidad, la seguridad, la paz o el orden, presentar por escrito su solicitud de declaratoria al secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Pública, con toda la información que la sustente.

El secretario ejecutivo procederá a integrar un expediente con la información recibida y podrá requerir información a autoridades correspondientes, personas físicas o morales.

Posteriormente, convocará al Consejo Nacional de Seguridad Pública, para analizar y evaluar la magnitud de la afectación a la seguridad interior, de las autoridades para ejercer sus funciones, y las acciones y medidas a ejecutar y su temporalidad.

El secretario ejecutivo elaborará un acta circunstanciada de las deliberaciones y acuerdos del Consejo, y el proyecto de declaratoria de afectación a la seguridad interior, con datos como la ubicación geográfica y la temporalidad del accionar militar.

Posteriormente enviará al presidente de la República el proyecto de declaratoria para su aprobación.

En ese caso el Senado sólo analizará la legalidad del documento.




Aprueba Senado Ley de Seguridad Nacional

Establece que los militares que participen en auxilio de alguna región y se vean involucrados en un delito relacionado con un civil, serán juzgados por la autoridad civil.

Mar, 27/04/2010 - 15:55

Ciudad de México.- El Senado aprobó la Ley de Seguridad Nacional, que establece que los militares que participen en auxilio de alguna región y se vean involucrados en un delito relacionado con un civil, serán juzgados por la autoridad competente.

El dictamen, aprobado con 105 votos a favor, uno en contra y una abstención, fue enviado a la Cámara de Diputados, para su posible ratificación.

Con esta ley las Fuerzas Armadas sólo participarán en algún estado, delegación o municipio previa petición de los Congresos locales, gobernadores o el jefe del gobierno capitalino para que se declare la existencia de una afectación a la seguridad interior.

Al hablar a favor del dictamen, el presidente de la Comisión de Gobernación, Jesús Murillo Karam dijo que la labor no fue fácil pero al final acordaron un "proyecto ecuánime y congruente", que protege los derechos humanos plasmados en la Constitución.

Es un paso jurídico adelante para todo el país pues garantiza que los derechos humanos no pueden ser restringidos por la implementación de un Estado de excepción por la afectación de la seguridad interior, añadió el secretario general del PRI.

Por su parte, los senadores del PRD, Tomás Torres y Pablo Gómez, manifestaron el apoyo de la izquierda "que participó, discutió, propuso y modificó la iniciativa presidencial".

Gómez, quien participó en el movimiento estudiantil de 1968, sostuvo que con esta ley se prohibe el uso del Ejército Mexicano "para reprimir movimientos sociales" y limita la intervención de las Fuerzas Armadas en asunto civiles.

El senador del PRD propuso aprovechar la oportunidad para reformar de una vez el fuero militar y no esperar a que el Ejecutivo envíe la propuesta sobre el tema, a partir del mes de septiembre, pues "es solo una promesa que yo no creo".

El legislador priista Murillo Karam respondió que dicha reforma tendría que hacerse al Código de Justicia Militar, tema que no está a discusión, por lo cual, dijo, no procede.

En su turno, el presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Felipe González señaló que se logró dar un marco jurídico a la participación de las fuerzas armadas en la lucha contra el crimen que garantice su seguridad y limita la acción de la misma.

Así, con esta ley, los militares que participen en la lucha contra el crimen en las calles estarán sujetos, además de la Constitución, a las leyes del Congreso y a todos los tratados internacionales.

Los elementos castrenses que incurran en ilícitos en contra de civiles serán juzgados por los tribunales competentes, según lo que disponen los artículos 13 y 133 constitucionales, aprobados por los legisladores.

Las Fuerzas Armadas sólo podrán intervenir en algún estado, delegación o municipio previa petición de los Congresos locales, gobernadores o el jefe del gobierno capitalino para que se declare la existencia de una afectación a la seguridad interior.

La solicitud será presentada ante el Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional, y el organismo determinará si procede o no la petición, y cuales serán las instituciones que deban brindar el apoyo requerido.

La declaratoria deberá contener quien será el responsable de la coordinación con las fuerzas federales, la determinación de la temporalidad del auxilio y el ámbito de actuación geográfica.

Luego, el Secretario Ejecutivo remitirá el proyecto de declaratoria al presidente de la República y al Senado, o en receso legislativo, a la Comisión Permanente, para que estos poderes revisen si el procedimiento se ajusta a la ley.

También, si lo considera precedente, el Ejecutivo federal emitirá la declaración de afectación a la seguridad interior y dispondrá de la Fuerza Armada permanente para auxiliar a las autoridades civiles.





Aprueba el Senado el delito de "traición al Ejército"
Jenaro Villamil


MEXICO, D.F., 28 de abril (apro).- Un día después que fuera aprobada por mayoría la Ley de Seguridad Nacional, el Senado aprobó, con 63 votos a favor y 20 en contra, reformas a tres artículos del Código de Justicia Militar para crear el nuevo delito de “Traición a las Fuerzas Armadas” y establecer penalidades de 30 a 60 años de prisión y baja de la institución al militar a quien se incorpore a la delincuencia organizada.
El dictamen establece que cuando un integrante del Ejército, Armada o Fuerza Aérea facilite la actuación del crimen organizado también se plantea una sanción de 15 a 60 años de cárcel y baja de las Fuerzas Armadas.
En la exposición de motivos, la iniciativa admite que “miembros de las instituciones de seguridad pública, policiales y de las Fuerzas Armadas, han sido cooptados por la delincuencia para facilitar sus actividades”.
El senador Tomás Torres, del PRD, expuso su oposición a esta iniciativa, ya que las penas son “un perverso incentivo para el homicidio”, debido a que es “igualmente de grave retirarse de las Fuerzas Armadas y caer en la figura de la traición que causar la muerte de un superior jerárquico”.
Explicó que el artículo 285 del mismo Código Militar establece de 30 a 60 años de prisión cuando un integrante de las Fuerzas Armadas provoque la muerte de un mando superior.
“Este dictamen debe regresar a comisiones”, sentenció Tomás Torres, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos.
En defensa, el senador panista Marco Tulio Munive Temoltzin afirmó que es necesario actualizar la legislación castrense para garantizar la disciplina militar, cohesionar y otorgar solidez a las Fuerzas Armadas, así como lograr el cumplimiento de las misiones que les son encomendadas.
Felipe González, senador del PAN, advirtió que las penas responden a una realidad en la que “la traición militar se multiplica por mucho, respecto de lo que es un homicidio normal” porque conoce estrategias, tácticas y funcionamiento de las instituciones castrenses.




Por recomendación internacional militares podrían ser juzgados por autoridad civil

* Ocupan segundo lugar en quejas ante la CEDH: García Carranza


miércoles 28 de abril de 2010

Cinthya Rosales / La Voz

El Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Durango (CEDH), Carlos García Carranza, declaró que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, emitió una recomendación para que los elementos del Ejército Militar que cometan un delito en contra de ciudadanos, fueran juzgados por autoridades civiles.
El entrevistado dijo que a raíz de los hechos suscitados en diversas partes del país así como en Durango, en donde se ha acusado a elementos del Ejército Mexicano de cometer actos en contra de los derechos humanos de la población, esta comisión internacional hizo la recomendación a México para que aquellos militares que cometieran abuso de autoridad, fueran juzgados por las autoridades civiles.
En este sentido dijo que el 2009 fue un año difícil no sólo para esta entidad sino para todo el país, lo cual dijo, se reflejó en el número de quejas que se presentaron en contra de las Fuerzas Armadas.
Detalló que en lo que va del año este organismo autónomo ha recibido 192 quejas, de las cuales 44 corresponden a la Agencia Estatal de Investigación, 42 a la Secretaría de la Defensa Nacional, 30 a los Agentes Investigadores del Ministerio Público, 20 a la Dirección Municipal de Seguridad Pública, 7 al IMSS, 8 a la Policía Federal Ministerial y 4 al ISSSTE.
De esta forma comentó que las quejas más comunes en contra de militares son: maltrato, retención ilegal, tratos crueles o degradantes y en algunos casos dijo tortura.
Asimismo García Carranza, mencionó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, emitió dos recomendaciones a la SEDENA para elementos que radican en la Laguna y por los enfrentamientos ocurridos hace dos meses en los municipios de Tamazula y Otáez, en donde los militares tienen prohibido ingresar para realizar cualquier operativo.





Ganaron los militares

RAÚL RODRÍGUEZ CORTÉS

Jueves, 29 Abril 2010
EL UNIVERSAL

Al aprobarse ayer en el Senado las reformas a la Ley de Seguridad Nacional que dan sustento jurídico a la participación del Ejército en la lucha contra la delincuencia organizada, el fuero militar permaneció intocado. Los senadores concedieron al secretario de Gobernación Fernando Gómez Montt la tregua que les fue a pedir el jueves pasado para no incorporar en ese ordenamiento cambios en la justicia militar hasta que Felipe Calderón envíe la iniciativa correspondiente en septiembre próximo.
Fueron infructuosos los intentos de PRD-PT-Convergencia de añadir en el articulado de esa ley que cuando militares incurriera en delitos cuando realizara tareas de policía, fueran juzgados en tribunales civiles. De manera que los eventuales abusos y excesos contra civiles serán procesados, como siempre, en medio de la opacidad de la justicia militar, pero con la diferencia de que ahora hay una ley que avala su actuación contra la delincuencia organizada y los pone a salvo de ser objeto de acusaciones como las que surgieron después de la guerra sucia de 1970-1980 contra grupos guerrilleros.
La nueva ley de Seguridad Nacional establece el procedimiento para que el Presidente eche mano del Ejército al declarar una especie de estado de excepción (le llama estado de afectación de la seguridad interior) sin que se suspendan las garantías individuales. De esta manera se da la vuelta a la exigencia constitucional de someter una decisión de esa naturaleza al aval del Congreso.
Sin embargo, una de las modificaciones que se le hizo a la iniciativa original propuesta por Calderón es que el Senado o en sus recesos la Comisión Permanente deberán revisar su legalidad, ambigüedad ésta que abre el abanico de la interpretación desde el simple visto bueno hasta la aprobación una especie de visto bueno de los órganos de gobierno de la Cámara Alta hasta la aprobación mediante el voto de la mayoría.
Otro de los cambios al proyecto original, acaso insuficiente, es el de blindar el respeto a las garantías individuales con el simple hecho de notificar la declamatoria a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Lo único que sí podría considerarse una buena noticia es que la solicitud para decretar un estado de afectación a la seguridad interior no procederá en acciones relacionadas con movimientos o conflictos de carácter político, electoral o de índole social, lo que por lo menos en el papel explicita que no se legaliza la represión.
Vistas las cosas así se concede a los militares el andamiaje legal cuya ausencia los dividía entre la obligación de cumplir órdenes y la negativa a someter a la institución a futuras descalificaciones y juicios.
Por lo pronto Calderón y el Ejército ganaron una batalla política en esta guerra perdida que nos tiene a los civiles indefensos y en el riesgo permanente de morir entre dos fuegos.

Instantáneas
1. MARCHAS FORZADAS. Si habrá Ley Antisecuestro. Mañana o a mas tardar el viernes será votada en el Senado apenas unas horas antes de que concluya el período ordinario de sesiones. Lo que habrá que dejar para mejor ocasión serán las reformas política y a los medios de comunicación.
2. HUELGA MASIVA. Trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas iniciaron el domingo pasado otra huelga de hambre. Su alcance podría ser impactante de llegar a ser, como se prevé, una huelga de hambre masiva. Empezaron diez y hoy van 40. Es que la idea es que cada día se incorporen diez nuevos huelguistas. Cinco mil electricistas manifestaron su interés de participar. De ellos dos mil 300 fueron sometidos a estudios médicos, 600 pasaron los exámenes y 150 están preparados física y anímicamente para hacerlo. La muerte por inanición del disidente cubano Orlando Fariñas y los dos meses en huelga de hambre del también disidente Guillermo Fariñas para exigir la liberación en Cuba de los presos políticos enfermos, ha merecido el respaldo del gobierno mexicano que exige el respeto de los derechos humanos. ¿No es una violación a esos derechos que Calderón haya lanzado al desempleo a 44 mil 500 trabajadores de Luz y Fuerza del Centro en medio de la recesión mas pronunciada en 75 años?



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