miércoles, 1 de octubre de 2008

OAXACA : DEFICIENCIAS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA VIGENTE

Deficiencias en el sistema de justicia vigente
Pedro Matías
Miércoles 01 de Octubre de 2008 07:03

Después de seis años de permanecer recluida en la Penitenciaría del Estado acusada del delito de secuestro, la indígena zapoteca Isabel Almaraz Matías obtuvo su libertad al ser sentenciada a tres meses de prisión.

Su historia es similar a la que muchas mujeres indígenas enfrentan en México, situación que refleja las graves deficiencias del sistema de justicia vigente, confirmaron los Centros de Derechos Humanos Bartolomé Carrasco y Miguel Agustín Pro Juárez.

El área jurídica de las organizaciones de derechos humanos resaltó que “pese a la insuficiencia de las pruebas, un Juez penal de Oaxaca la encontró responsable del delito de privación ilegal de la libertad, basándose primordialmente en una confesión que le fue arrancada en condiciones irregulares”.

“No obstante, habiendo cumplido la pena en exceso, Isabel Almaraz recuperó, el pasado 17 de julio, su libertad, sin embargo, hasta hoy dan a conocer su liberación porque antes la víctima tuvo que ser sometida a sesiones psicológicas, precisaron.

Por lo pronto, las ong´s adelantaron que “la sentencia dictada en contra de Isabel ha sido ya apelada por su defensa, asimismo, se estudian las vías pertinentes para exigir la indemnización relativa al tiempo que Isabel permaneció innecesariamente en prisión”.

Además, enumeraron las violaciones al debido proceso y a los derechos humanos cometidos en el caso de Isabel Almaraz: Se violó el derecho a la integridad personal cuando Isabel fue detenida al recibir agresiones físicas y verbales. El maltrato continuó e incluso se agravó cuando fue puesta a disposición del ministerio público, pues la amenaza de que se dañaría a sus hijas si negaba su participación en los hechos peso sobre ella para rendir su declaración ministerial.

La situación se extendió en la declaración preparatoria en donde fue presionada por el agente del ministerio público para que dijera lo mismo que estaba en su declaración inicial, amenazándola e insultándola cada vez que salía la secretaria judicial pues el juez no estivo presente.

Entonces, estas irregularidades, podrían calificarse de torturas o tratos crueles e inhumanos, porque nunca fueron investigadas cabalmente por una autoridad imparcial.

De igual forma, se tipifico violación a los derechos específicos que se derivan de su condición de mujer indígena porque Isabel nunca tuvo acceso a un traductor o intérprete cuando estuvo a disposición del ministerio público ni al rendir sus declaraciones ministerial y preparatoria mismas que, a la postre, ha sido usada en su contra.

Tampoco lo tuvo en posteriores momentos procesales, bajo el argumento de que ella entendía el español, añadieron.

Así mismo, incurrieron en violación del derecho a una defensa adecuada, ya que Isabel Almaraz tenía derecho a ser asesorada y representada adecuadamente por un defensor público desde su primera declaración, aunque si aparece la firma de un abogado del estado, lo que demuestra que todo fue un montaje.

Durante su proceso, Isabel también careció de información sobre el estado de la causa y debió cambiar de defensor en varias ocasiones. Ello provocó que las audiencias se pospusieran frecuentemente y que el proceso se extendiera por más de 6 años.

Frente a esta situación, el juez de la causa fue pasivo y, de esta manera, se toleró la dilación de la justicia, en supuesto beneficio de Isabel.

Otra violación que se observó es el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia, toda vez que una de las violaciones a derechos humanos que más resalta en el caso de Isabel es la duración excesiva de la prisión preventiva a la que se le sometió; exceso que es todavía más evidente atendiendo a que la sentencia que finalmente se le impuso fue de tres meses.

Consideraron que Isabel, que estuvo presa durante 72 meses, cumplió esa pena 24 veces más, entonces, es evidente que se atentó contra su derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia.

Por consiguiente en este proceso se violaron preceptos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Convenio 169 de la OIT, así como de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

hola

OAXACA DE JUAREZ, MAGON Y ZAPATA ,APPO 2011, http://todoelpoderalpueblo.blogspot.com