viernes, 15 de mayo de 2009

CHEDRAUI ECOCIDA , VIOLA Y OPERA EN CONTUBERNIO CON EL MUNICIPIO DE OAXACA



Chedraui viola la ley; opera sin permisos municipales


14/05/2009 04:00:00 Juan Carlos Zavala

La sucursal Madero fue construida y opera de forma ilegal; vende bebidas alcohólicas sin licencia del ayuntamiento

La sucursal de la cadena comercial Chedraui, ubicada en la Calzada Madero, se construyó sin las licencias de cambio de uso de suelo y estudio ambiental respectivos, además de operar de manera ilegal, sin permiso del Ayuntamiento para la venta de vinos y licores, entre otras irregularidades.
A casi seis meses de su inauguración, el 20 de noviembre de 2008, apenas el 19 de marzo de 2009 la Comisión de Vinos y Licores del Ayuntamiento autorizó la licencia para la venta de vinos y licores, pero hasta la pasada sesión ordinaria de Cabildo el dictamen no había sido aprobado por el resto de los concejales.
Pero mientras pequeños comercios son multados o clausurados por incumplir con la normativa municipal, principalmente para la venta de bebidas embriagantes, en su modalidad de envases cerrados, Chedraui tiene la anuencia de las autoridades municipales para trabajar sin dicho requerimiento.

Las violaciones
De acuerdo con el artículo 83 del Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Comerciales del Municipio de Oaxaca de Juárez, es motivo de clausura carecer de licencia para la venta de bebidas alcohólicas.
Sin embargo, las anomalías en las que ha incurrido Chedraui, no paran ahí. Según el dictamen de la Comisión de Vinos y Licores, la tienda de autoservicio obtuvo permisos de diversa índole para que pudiera operar hasta después o un día antes de abrir sus puertas al público.
El 19 de noviembre del 2008, un día antes de la inauguración, mediante el dictamen con licencia número 1259, la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología emitió el cambio de uso de suelo; hasta el 5 de diciembre de ese mismo año se entregó el reporte de la Jefatura de Inspectores, en el que el inspector municipal Pedro Asencio Valdivia Martínez, manifiesta que la tienda contaba con 15 sanitarios y no tiene acceso a casas-habitación.
Asimismo, fue hasta el 17 de diciembre del 2008 cuando, en el oficio DGDUE/DEM/DPA/01092/08, la Dirección de Ecología Municipal dictaminar la factibilidad ambiental de la tienda.
Un día antes, la Dirección de Protección Civil, en el oficio número SM/DLYP/05364/2008, supervisó y otorgó el “visto bueno” al equipo de protección civil de la tienda.
Del mismo modo, hasta el pasado 13 de enero de 2009 la Dirección de Salud, en el oficio número DSPM/AD/038/2009, dio el dictamen sanitario positivo para el funcionamiento de la sucursal Madero.
Y hasta el pasado 6 de marzo de 2009, el jefe de la Unidad de Ingeniería Vial, dependiente de la Coordinación de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, en el oficio número DTM/UIV/106/2009, manifestó “no tener inconveniente” en autorizar 176 espacios de estacionamiento, los cuales ya habían sido construidos, antes de la inauguración de la tienda.
Finalmente, en las dos últimas sesiones de Cabildo apenas se empezó a discutir si se otorga o no la licencia para la venta de vinos y licores “a solicitud de la licencia promovida por Tiendas Chedraui S.A. de C.V, representada por el licenciado José Luis Pérez Méndez, quien solicita la licencia para un establecimiento comercial con el giro de ‘tienda de autoservicio’, para que funcione en la Calzada Madero, número 1332, en el Barrio del Ex Marquezado”.

Podría haber sanciones
Aunque la empresa pasó por alto las disposiciones reglamentarias, en el punto cuarto de los acuerdos del dictamen de la Comisión de Vinos y Licores, presidida por el regidor de Salud, Miguel Bustamante Underwood, se advierte al propietario que debe respetar la ley.
“Se apercibe al propietario del establecimiento comercial, que tendrá la obligación de conocer y respetar todas y cada una de las disposiciones señaladas en el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, los diferentes reglamentos de esta municipalidad, así como la Ley de Ingresos del Municipio de Oaxaca de Juárez”.



Suspenden derechos a García García

En la próxima contienda electoral por las diputaciones federales, el 5 de julio, el Partido Convergencia (PC) dejará de contar con un voto que al menos consideraba seguro: el de la presidenta del Comité Municipal, Margarita García García, también regidora de Jardines y Panteones del Ayuntamiento capitalino.
Y es que según el Instituto Federal Electoral (IFE), la concejala tiene suspendidos sus derechos políticos. Al registrar los datos de la credencial de elector de Margarita García García en la Consulta Permanente Lista Nominal con clave de elector GRGRMR66012620M000, número de emisión 03 y número vertical 0597074536651, el organismo electoral señala: “No podrás votar con la credencial que nos proporcionaste porque nuestros archivos indican que fue dada de baja por suspensión de derechos políticos”.
Por lo anterior, la funcionaria no podrá votar el 5 de julio, ya que, de acuerdo con el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales, se anulan sus derechos a votar y a ser votado –que se refiere al derecho a postularse y, eventualmente, a ser electa para ocupar un cargo público–, y que le permite al ciudadano participar en las instituciones del Estado y tener acceso a la función pública.
Asimismo, se suspenden sus derechos de manifestación pública, de petición política –que se refiere a la facultad de dirigir peticiones a los órganos de gobierno, a fin de exponer sus necesidades con el objetivo de influir en las decisiones políticas–, y asociarse y reunirse con fines políticos.
Según el artículo 38 de la Constitución, esos derechos se suspenden por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal a contar desde la fecha del auto de formal prisión; durante la extinción de una pena corporal, por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; y por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.
Además, por incumplimiento, sin causa justificada, de las obligaciones del ciudadano que estipula el artículo 36 de la Carta Magna; por vagancia y ebriedad consuetudinaria, y por incapacidad en los términos del derecho civil.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

hola

OAXACA DE JUAREZ, MAGON Y ZAPATA ,APPO 2011, http://todoelpoderalpueblo.blogspot.com